BENEFICIOS FISCALES
19/01/2015
Algunos ejemplos que para ayudarte a comprender la tabla:
PERSONAS FÍSICAS
- La Sra. Bea realiza un donativo puntual de 50€ en día 5 de mayo de 2016: en la declaración de la renta de 2016, podrá presentar el certificado de donación que le emitirá la Fundación, y hacienda “le devolverá” el 75% de su donativo, en este caso, 37,50€.
La Fundación habrá recibido 50€ pero a la Sra. Bea la donación le habrá costado solamente 12,50€.
- El Sr. Andrés, socio de la Fundación a partir de enero de 2016, aporta 30€ mensualmente, es decir, 360€ al año en total. De esta aportación, hacienda desgravará el 75% hasta 150€, y el 30% del resto.
- 75% de 150€= 112,50€
- 30% de 210€ (360-150€) = 63€
La Fundación habrá recibido la donación de 360€ pero al Sr. Andrés le habrá supuesto un gasto de 184,50€.
PERSONAS JURÍDICAS
- La empresa ABCDE aporta 2.000€ a la Fundación en 2016. La Fundación emitirá un certificado de donación por dicha cantidad y la empresa podrá desgravar en el iS, vía deducción, un 35% de dicho importe, en este caso 700 euros
- La empresa FGHIJ, realiza una aportación de 1.000€ anuales, que empezó en 2013. Aportando cada año los correspondientes certificados de donación emitidos por la Fundación, podrá desgravar las siguientes cantidades:
- 2015: el 37,5% de 1.000€ = 375€
- 2016: el 40% de 1.000€ = 400€
- 2017: el 40% de 1.000€ = 400€
Entre 2015 y 2017, la Fundación habrá recibido 3.000€, de los cuáles la empresa FGHIJ podrá desgravar 1.175€.
Si quieres que te ayudemos a calcular cuánto podrías desgravar de tus aportaciones o tienes alguna pregunta puedes contactar con nosotros en info@flsida.org.
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